PRIMERO
Las ventanas que se instalen deben ser nuevas, lo que se acreditará mediante la
factura correspondiente, y tener como destino viviendas o edificios del sector
terciario de la Comunidad de Madrid.

SEGUNDO
En ningún caso se podrá acoger al Plan Renove la compra sin instalación; dicha
instalación se acreditará mediante la correspondiente factura emitida por la
Empresa Instaladora Adherida al Plan Renove que realice la sustitución.

TERCERO
Que la superficie mínima de vidrio sustituido acumulada de la actuación vinculada a
la solicitud de ayuda será de al menos 2m2.

CUARTO
Características Técnicas de las ventanas a utilizar en la sustitución.

a. Los marcos y hojas deberán ser de PVC, madera, metálicos o mixtos.

b. En el caso de los marcos y hojas de PVC, tendrán clasificación para clima
severo en España.

c. Cuando el marco de los perfiles utilizados en la fabricación de las ventanas,
tenga una transmitancia térmica (U) menor a 1,5 W/m2 · K, el modelo de
acristalamiento o unidad de vidrio aislante debe poseer un valor de U menor o
igual a 1,3 W/m2 · K, estando formado por al menos un vidrio bajo emisivo con
factor solar (g) inferior o igual a 0,50.

d. Cuando el marco de los perfiles utilizados en la fabricación de las ventanas,
tenga una transmitancia térmica (U) mayor o igual a 1,5 W/m2 · K e inferior o
igual a 2,0 W/m2 · K, el modelo de acristalamiento o unidad de vidrio aislante
debe poseer:
O un valor de U menor a 1,0 W/m2 · K, estando formado por al menos un
vidrio bajo emisivo con factor solar (g) inferior o igual a 0,50.
O un valor de U igual a 1,0 W/m2 · K e intercalario polimérico (de prestaciones
térmicas mejoradas), estando formado por al menos un vidrio bajo emisivo
con factor solar (g) inferior o igual a 0,50.

e. Las nuevas ventanas y/o puertas-ventana tendrán una permeabilidad al aire
Clase 4.

f. En el caso de sustitución de ventana con capialzado (persiana), que el cajón
de persiana tenga permeabilidad al aire clase 4 e incorpore aislante térmico,
de forma que el cajón tenga una transmitancia (U) menor o igual a 1,5 W/m2 ·
K.

g. En todas las ventanas el herraje será perimetral, y en las de dos hojas
movibles deberá incluirse palanca de rebajo en la hoja pasiva.

h. En el caso de carpinterías metálicas, deberán disponer de rotura de puente
térmico.

i. Tanto el perfil, como el modelo de acristalamiento o unidad de vidrio
aislante, el herraje y el cajón de persiana deberán estar incluidos en la base de
datos de la web habilitada a tal efecto.

j. El montaje de la carpintería se realizará con anclajes y bandas o cintas
expansivas clase BG1 y BGR: estanqueidad al agua mayor o igual a 600 Pa
según la DIN 18542, con un ancho de banda igual al espesor de la ventana
menos unos 6 mm, así como los elementos de sujeción que garanticen la
seguridad de la misma.

QUINTO
Todos los suministradores deberán presentar los certificados y ensayos (Completos)
según norma para poder incluir sus marcos, vidrios y persianas a la base de datos.

SEXTO
Para acogerse al Plan Renove de Ventanas de la Comunidad de Madrid tanto el
beneficiario como el instalador deben firmar el Boletín de Solicitud de Incentivo
(BOSI) y el anexo correspondiente en el que aparecen las características de los
productos utilizados en la instalación. Ambos documentos son enviados por correo
electrónico al instalador en el momento de dar de alta el expediente de dicha
instalación.


No se considerará actuación susceptible de ayuda:

a. Las ventanas ubicadas en paramentos no verticales.

b. Los cerramientos acristalados que se coloquen con la finalidad de cerrar
terrazas, balcones o galerías.
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Plan Renove
de la C.A.M.
La Comunidad de Madrid activa un incentivo a la inversión en elementos de la vivienda que favorecen la eficiencia energética.
El Plan Renove de Ventanas está destinado a las viviendas o edificios del sector residencial y terciario ubicados en la Comunidad de Madrid que deseen cambiar las ventanas en su conjunto (marcos y acristalamientos).
Requisitos
Dotación
 
El Plan Renove de ventanas está dotado con un presupuesto de 745.000 €, a través del convenio suscrito entre la Comunidad de Madrid y la Fundación de la Energía de la Comunidad de Madrid, para la puesta en práctica en nuestra región de una estrategia de ahorro y eficiencia energética, e incentiva con hasta 70 € por cada metro cuadrado de doble acristalamiento de vidrio con aislamiento térmico reforzado (ATR); todos los vidrios susceptibles de recibir el incentivo se darán de alta en la base de datos previa petición del suministrador de materia prima y estarán incluidos en la página web.

Es importante señalar que la cuantía del descuento nunca podrá superar el 25 % del coste elegible; el coste elegible estará formado únicamente por los conceptos de compra de ventanas, incluyendo cualquier elemento adicional, y mano de obra necesaria para su instalación.

Podrán acogerse al Plan todas aquellas sustituciones realizadas desde la fecha de firma del Convenio hasta el 31 de diciembre de 2016, siempre que haya fondos disponibles.
Para ello, bastará que acuda a un distribuidor/instalador de ventanas que se haya adherido al Plan Renove (consulte el listado de instaladores adheridos) y solicite el Boletín de Solicitud de Incentivo o (BOSI).

Una vez hecho esto y siempre y cuando se cumplan los requisitos para obtener la ayuda, el instalador comprobará si aún hay fondos disponibles y realizará la reserva de crédito para su obra. También será necesario que se presente la documentación requerida por parte del instalador/distribuidor que figura en el apartado de tramitación en tiempo y forma establecidos

El incentivo de 70 € por metro cuadrado de vidrio ATR instalado (limitado al 25% del coste elegible) se realiza mediante transferencia bancaria al usuario una vez que se verifique que el expediente cumple con todas las condiciones exigidas en el Plan.

A estos efectos, tanto las facturas como los justificantes de pago deberán estar comprendidos en el periodo subvencionable. En caso de que cualquiera de las facturas o justificantes de pago fueran anteriores a la fecha inicial el expediente no será objeto de subvención alguna. Si alguna de las facturas o justificantes fuera posterior a la fecha final (31 de diciembre de 2016), la ayuda solicitada se minorará proporcionalmente a la relación de lo justificado frente a lo presupuestado.

En caso de que los justificantes bancarios de los pagos realizados no correspondan a la totalidad del importe de la factura o no estén realizados a través de una transferencia donde el ordenante coincida con el solicitante, el incentivo se minorará proporcionalmente.
91 140 58 70
Chamberi Ventanas | Calle Alonso Cano, 62 28003 - Madrid | · Tfno.: 91.140.58.70 ·  contacto
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